De cara al inicio del año escolar 2016 cerca de 113 mil estudiantes vuelven a las aulas en la Segunda Región, por ello el Director Regional de la Superintendencia de Educación (SIE), Víctor Alvarado Zepeda, entregó algunos consejos a los apoderados respecto a la compra y exigencia de útiles escolares, textos y uniformes.
La autoridad orienta a los padres y apoderados que aún no realizan la compra de los útiles escolares a tener en consideración que no es obligación adquirirlos en una tienda o proveedor específico, tampoco pueden exigirles determinadas marcas.
“Cada apoderado debe realizar la compra de los útiles, uniformes e implementos escolares acorde a su presupuesto y debe tener claridad que el recinto educativo no puede exigirle una marca determinada o un fabricante en particular”, señala Alvarado Zepeda.
Asimismo, recalca que la falta de los útiles escolares o el incumplimiento del uso del uniforme, no puede condicionar el ingreso o la permanencia del alumno o alumna al establecimiento educacional. Con respecto a lo anterior la autoridad indica que la Junaeb entrega un set de útiles gratuitos a estudiantes que cumplan con ciertos requisitos.
Víctor Alvarado expresa que “las normas sobre el uso de uniformes deben estar señaladas en el reglamento interno y por supuesto deben ser acordadas con anterioridad con la comunidad educativa. Si el estudiante por alguna razón no puede adquirir o usar el uniforme, le recomendamos al apoderado que se acerque a conversar y exponer la situación al director(a) quien tiene la facultad de eximirlo temporalmente. Cabe destacar que el alumno no puede ser excluido de las actividades educativas por no poseer el uniforme oficial”.
La SIE informa que los recintos educativos municipales y particulares subvencionados no pueden solicitar artículos de oficina o aseo. “Hemos detectado esta situación en años anteriores. Los colegios poseen los recursos entregados por las subvenciones escolares para contar con este tipo de implementos y los padres y apoderados no tienen obligación alguna de comprarlos”, sostiene.
Finalmente el director regional señala que cada año el Ministerio de Educación entrega textos gratuitos a establecimientos municipales y particulares subvencionados, recintos escolares que tienen la obligación de distribuirlos entre los alumnos.
“Queremos recordarles a los apoderados que la compra de textos adicionales es siempre voluntaria y si el estudiante no cuenta con ellos no puede ser excluido de la actividad educativa ni sancionado”, puntualiza la autoridad.
Ley de Inclusión
La Superintendencia de Educación señala que la Ley de inclusión no fomenta la indisciplina ni coarta los proyectos educativos de los establecimientos. Por el contrario: apunta a garantizar el derecho a la educación, el que no puede ser negado, limitado o restringido por presentación personal, uso de uniforme o falta de textos y útiles escolares. Y, además, garantiza el principio de no discriminación.
“Se ha generado cierta confusión con respecto a la presentación personal, es necesario aclarar que los estudiantes no pueden ir como quieren al colegio. Cuando una familia matricula a su hijo en un determinado establecimiento adhiere al Proyecto Educativo y se compromete a respetar y cumplir las normas establecidas, incluyendo las referidas a la presentación personal y uso de uniforme”, señala Víctor Alvarado.
Para el director regional la Ley de Inclusión es el momento oportuno para que los colegios puedan actualizar y trabajar sus reglamentos internos en conjunto a todos los integrantes del Consejo Escolar, ya sean apoderados, alumnos, docentes; asistentes de la educación y equipos de gestión. “Una labor colaborativa, transparente y democrática que asegurará una buena convivencia, esa es la clave para poseer ambientes sanos al interior de los recintos educativos”, indicó.
La autoridad complementa indicado que “si el reglamento regula la apariencia personal y establece sanciones para el caso de incumplimiento, podrá aplicar estas medidas a los estudiantes que no las cumplan, sin embargo, ninguna medida que se adopte puede significar la exclusión o marginación del estudiante de sus actividades escolares”.
Alvarado Zepeda finalmente destacó que en caso de consultas, dudas o irregularidades se invita a los padres y apoderados a acercarse a las oficinas de la entidad fiscalizadora, ubicada en calle General Borgoño Nº 934, piso 7, oficina 704. También pueden llamar a los fonos 55 891466 y/o 55 891456 o ingresando a la página web www.supereduc.cl